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PREGUNTAS FRECUENTES
En principio, todas las viviendas construidas a partir de 1988 deberían disponer de una copia de su Licencia del Departamento de Urbanismo. Sin embargo, hay casos en los que no existe. Si se da esta circunstancia, con intervención de un arquitecto, se deberá realizar un informe para solicitar una nueva licencia al Departamento de Urbanismo.
Todas las propiedades que sean utilizadas con fines turísticos tienen la obligación de registrar el los datos del huésped durante su proceso de check in a la Policía Nacional a través de un
forma estandarizada.
Sin embargo, para registrarse en la Policía, desde 2019, es obligatorio que el propietario ir personalmente. Sólo podríamos acudir en su nombre mediante un poder para este objetivo.
La respuesta depende de si el apartamento dispone o no de Licencia de Ocupación. Si disponible, el trámite es muy rápido y en menos de una semana, según cita Disponibilidad con la Policía Nacional, se pudo hacer todo.
Si no tienes Licencia de Ocupación, dependería del tiempo de realización del Informe por parte del aparejador, así como el tiempo que tarda el Planificador Urbanístico en la Gestión para otorgarlo. Esto podría llevar varios meses.